Skip to main content

La relación entre las comunidades de vecinos está regulada bajo los estatutos de la comunidad pero siempre dentro del marco regulatorio de la Ley de Propiedad Horizontal . Esta es la norma que regula las relaciones, derechos y obligaciones entre los propietarios o vecinos de varios inmuebles que pertenecen a la misma comunidad o edificio según la Ley 49/1960 de 21 de julio.

Muchas veces se establecen dudas acerca de las mayorías necesarias para el uso del espacio común y queremos despejarlas.

¿Qué mayoría se necesita para poder utilizar el uso de la cubierta de la comunidad de vecinos?

Gracias a la modificación del 2019 del artículo 17.1 de la Ley de Propiedad Horizontal 49/1960, es necesario que un tercio de los vecinos estén de acuerdo para poder hacer uso de la cubierta, sin obligar a nadie a la participación en dicho uso.

¿Y los gastos generales de la comunidad?
A petición de un vecino se puede votar la instalación de autoconsumo, o adhesión a una instalación de autoconsumo colectivo, para los servicios generales de la comunidad, siendo necesaria la mayoría simple para su instalación o adhesión. En este caso todos los vecinos, sin excepción, deberán acometer proporcionalmente a su coeficiente, la inversión para los suministros comunes.

¿Es necesaria la adhesión de todos los vecinos a un autoconsumo colectivo en una comunidad?

No, no es necesario que todos participen. De hecho, el voto afirmativo para el uso de la cubierta no obliga a la adhesión en el autoconsumo. Es decir, que si un vecino no quiere participar pero está de acuerdo en que otros lo hagan, puede votar a favor pero luego no participar en el uso del autoconsumo y por tanto, no participar económicamente.

¿Cómo se reparte el coste de la inversión?

Existen dos fórmulas: optimizadas al suministro y equitativamente.

Optimizada: los porcentajes de generación se reparte de acuerdo al perfil del consumo. En este caso, dependiendo del porcentaje del consumo que tenga cada vecino sobre total del consumo de todos los vecinos, el propietario costeará el porcentaje correspondiente del presupuesto.

Equitativa: los porcentajes son iguales para todos los vecinos adheridos.

Es importante señalar, que en cualquiera de los casos anteriores es posible pactar con otros vecinos el hecho de poder tener un porcentaje mayor asumiendo mayor coste y viceversa.

¿Cómo se regula?

Los coeficientes se regulan a través de un contrato privado entre las partes, que definirán los porcentajes para cada vecino. Este documento es imprescindible para la tramitación con distribuidora que será quien orquestará los flujos de energía y excedentes.

Estos coeficientes son actualizables anualmente.