¿Cuánto cuesta subir la potencia o dar de alta la luz?
Vas a poner una placa de inducción, a cargar el coche en casa o a estrenar piso, y te toca pedir más potencia o un suministro nuevo. La buena noticia: los costes están regulados, son los mismos en toda España y, en la mayoría de los casos, son bastante más bajos de lo que se suele pensar. Te contamos qué se paga, cuándo y cuánto, con ejemplos reales.
Quién cobra estos costes
No los fija tu comercializadora. Son derechos regulados que cobra la distribuidora, la empresa dueña de los cables y del contador de tu zona, por el trabajo de conectarte o de modificar tu conexión.
Tu comercializadora los incluye en tu primera factura después del trámite y se los pasa íntegros a la distribuidora. Por eso cuestan lo mismo te cambies con quien te cambies: el importe lo marca el BOE, no la compañía.
Los cuatro conceptos que puedes pagar
Los importes son para baja tensión (hogares, comercios y la gran mayoría de pymes) y no incluyen el IVA del 21 %.
| Concepto | Qué paga | Importe | Cuándo se paga |
|---|---|---|---|
| Derechos de extensión | La red que llega hasta tu edificio | 17,37 €/kW | En un alta nueva, si el punto lleva más de 3 años de baja, y en cada subida (solo por los kW que aumentas) |
| Derechos de acceso | Tu incorporación a la red | 19,70 €/kW | Al dar de alta un contrato y en cada subida (solo por los kW que aumentas) |
| Derechos de enganche | La operación de conectar o reprogramar tu contador | 9,04 € fijos | En el alta y en cualquier cambio de potencia, también al bajarla |
| Derechos de verificación | La comprobación de que tu instalación cumple | 8,01 € fijos | En el alta, y en las subidas que superan la potencia máxima de tu boletín o si la instalación tiene más de 20 años |
Dos ideas que conviene tener claras:
- En una subida solo pagas por la diferencia. Si pasas de 3,45 a 4,6 kW, la extensión y el acceso se calculan sobre 1,15 kW, no sobre 4,6.
- Bajar la potencia apenas cuesta: solo el enganche. Y los derechos de extensión de la potencia que tenías se conservan durante 3 años, así que si vuelves a subir dentro de ese plazo no los pagas otra vez.
Cuatro ejemplos con números
1. Subes de 3,45 a 4,6 kW para poner una inducción
| Concepto | € |
|---|---|
| Extensión (1,15 kW × 17,37) | 19,98 |
| Acceso (1,15 kW × 19,70) | 22,66 |
| Enganche | 9,04 |
| Total con IVA | 62,53 € |
Si la nueva potencia supera la que figura en tu boletín eléctrico, se suma la verificación (8,01 €) y el total queda en 72,22 € con IVA.
2. Bajas de 5,75 a 4,6 kW porque te sobraba potencia
Solo pagas el enganche: 10,94 € con IVA. Si en los próximos 3 años necesitas volver a 5,75 kW, no pagarás extensión.
3. Das de alta una vivienda nueva a 5,75 kW
| Concepto | € |
|---|---|
| Extensión (5,75 kW × 17,37) | 99,88 |
| Acceso (5,75 kW × 19,70) | 113,28 |
| Enganche | 9,04 |
| Verificación | 8,01 |
| Total con IVA | 278,55 € |
4. Reactivas un piso que lleva un año de baja, a 4,6 kW
Como la baja tiene menos de 3 años, los derechos de extensión siguen vigentes y no se vuelven a pagar. Pagas el acceso (90,62 €) y el enganche (9,04 €): 120,59 € con IVA, o 130,28 € si hace falta verificación.
Cuando no basta con el baremo
Los importes por kW de arriba se aplican cuando el punto está en suelo urbanizado con condición de solar y la potencia no pasa de 100 kW en baja tensión (250 kW en alta). Es el caso de casi todas las viviendas y locales en ciudad.
Si tu parcela está en suelo rústico, en una urbanización sin red suficiente o necesitas mucha potencia, la distribuidora te enviará un presupuesto de las obras necesarias (líneas, centro de transformación…). Ahí ya no hay tarifa fija: el coste depende de la obra, y puede ir de unos cientos a muchos miles de euros. Pide siempre el presupuesto antes de comprometerte.
Otros costes que no son de la distribuidora
- El boletín eléctrico (certificado de instalación). Lo emite un instalador autorizado y su precio es libre. Lo necesitas en un alta nueva y cuando subes por encima de la potencia máxima que admite tu instalación. A veces, además, hay que cambiar cableado o el interruptor general.
- Cambio de tarifa. Si superas los 15 kW pasas de la tarifa 2.0TD a la 3.0TD, con seis periodos de potencia en lugar de dos.
- La fianza ya no existe. Desde febrero de 2026 (Real Decreto 88/2026) las distribuidoras no pueden pedir depósito de garantía en altas ni en subidas de potencia, y han tenido que devolver los que cobraron antes. Si pagaste uno y no te ha llegado la devolución, pídela.
El coste que de verdad importa: el que pagas cada mes
El trámite se paga una vez. La potencia, todos los meses. Solo en peajes y cargos regulados, cada kW de punta (P1) en la tarifa 2.0TD cuesta 27,70 € al año en 2026, antes del margen de la comercializadora y de los impuestos. Subir de 3,45 a 4,6 kW suma unos 32 € al año solo por ese concepto, cada año.
Por eso merece la pena afinar:
- Mira tu máximo real. Tu contador digital registra la potencia más alta que has usado. Si nunca te acercas al límite, quizá no necesites subir.
- Puedes contratar distinta potencia en punta y en valle. Si vas a cargar el coche de noche, a menudo basta con subir la potencia de valle (P2), cuyo coste regulado es de apenas 0,72 € por kW al año.
- Escalona los consumos grandes. Horno, lavadora y aire acondicionado a la vez son los que hacen saltar el limitador.
¿Van a cambiar estos importes?
Es posible. Los valores actuales se fijaron en 2009 y la CNMC está preparando una nueva metodología para calcularlos: abrió una consulta pública entre abril y mayo de 2026. Cuando se apruebe, actualizaremos este artículo.
Te ayudamos con el trámite
Si eres cliente de Aldea, pídenos el cambio de potencia o el alta y lo gestionamos con la distribuidora. Antes, revisamos contigo cuánta potencia necesitas de verdad, para que no pagues de más ni ahora ni cada mes.
Fuentes: Orden ITC/3519/2009 (importes de extensión, acceso, enganche y verificación, vigentes) · Real Decreto 1048/2013 (régimen de las acometidas) · Real Decreto 88/2026 (supresión del depósito de garantía) · Resolución de la CNMC de 18/12/2025 (peajes 2026) · CNMC, consulta pública CIR/DE/005/25.